Luces antiniebla obligatorias: ¿cuáles son?
Cuando las condiciones meteorológicas son particularmente hostiles, es el momento de las luces antiniebla, que por supuesto van más allá de su nombre. Dado que se utilizan con niebla, pero no solo.
La iluminación de nuestros vehículos es crucial. En Berenjeno lo sabemos, de ahí nuestra campaña de productos de iluminación -pilotos, faros, accesorios- para diferentes tipos de vehículos: desde vehículos de mercancías peligrosas a autocaravanas, vehículos de obra pública o emergencia. Normalmente, conocemos el uso de las luces: tanto el de la luz corta como el de la luz larga, intermitentes...
Sin embargo, cuando se habla de las luces de un coche y surge la cuestión de las luces antiniebla, solemos quedarnos en blanco. ¿Cuáles son obligatorias? ¿Cómo y cuándo debemos usarlas? ¿Qué sanción podríamos recibir si no nos atenemos al Reglamento de Circulación, norma que las regula?
La obligatoriedad de la luz antiniebla trasera
Si bien, de fábrica, los vehículos traen luces antiniebla delanteras y traseras, son las segundas las obligatorias. Y es que, más que iluminarnos mientras conducimos, lo que importa en realidad es que los otros vehículos nos vean y localicen bien; en especial, los que van detrás de nosotros, para evitar alcances.
Su uso lo establece el Reglamento de Circulación, que insta y obliga a usarlas cuando las condiciones climatológicas son muy malas. Esto puede pasar si hay niebla densa, pero también si la lluvia es copiosa, o cae una nevada, o se está produciendo una tormenta o nube de polvo. O con granizo.
- En el caso de las luces antiniebla delanteras (opcionales), mejoran el alumbrado de la carretera. No solo las pueden llevar los coches: también las motocicletas, vehículos de tres ruedas, tractores agrícolas de obras o servicios, y máquinas automotrices agrícolas, así como vehículos para obras públicas.
- En el caso de las luces antiniebla traseras, permitirán que nuestro vehículo sea visto. Son obligatorias para los automóviles, remolques y semirremolques, mientras que serán opcionales para las motocicletas, vehículos de tres ruedas, tractores y máquinas automotrices.
¿Qué puede pasarnos si no las llevamos?
Además de ponernos en peligro -dado que no podremos ser vistos por el vehículo que vaya detrás-, nos exponemos, si somos interceptados por un agente de tráfico, a una multa de 200 euros. Se trata de una infracción grave, así que… ¡cuidado!